Plusvalía Municipal I
Uno de los impuestos más polémico en los últimos años ha sido el Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU) también conocido como Plusvalía municipal. En este artículo y en el siguiente, se explicará qué grava el impuesto, en qué consiste, cuando es posible reclamar la devolución de ingresos indebidos, etc.
¿Qué es la Plusvalía Municipal?
Se trata de un impuesto cobrado por los Ayuntamientos y que grava el incremento del valor del suelo en donde se encuentra ubicado el inmueble.
¿Quién paga la Plusvalía Municipal?
1.- Si se trata de un venta del inmueble; lo pagará el vendedor.
2.- Si se trata de una herencia o donación; lo pagará la persona que lo recibe en herencia.
3.- Existen una serie de excepciones: Entre cónyuges o hijos (si se trata de sentencia judicial), si el inmueble pertenece al Patrimonio histórico-cultural o cuando pertenece a entidades concretas como las Comunidad Autónomas.
¿Cómo se calcula el impuesto?
Debemos obtener el valor catastral del suelo y aplicarle la tasa de revalorización. Cuando obtengamos la base imponible, le aplicaremos un tipo de gravamen que no podrá ser superior al 30% (depende de cada Ayuntamiento). Para obtener la cuota total a pagar es importante analizar si existe alguna bonificación que sea posible aplicar.
En el próximo artículo se hará referencia a cuando es posible reclamar o no el pago de la Plusvalía Municipal.
Para recibir asesoramiento o preparación del impuesto, puede contactar con:
José Miguel Golpe Saavedra
www.josemiguelgolpesaavedra.es
josemiguelgolpesaavedra@gmail.com