Modelo 720. Sanciones I
Si aplicamos la literalidad de la norma tributaria, se impondrán las sanciones correspondientes al modelo 720 (con un mínimo de 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos que hubiera debido incluirse en la declaración o hubieran sido aportados de forma incompleta, inexacta o falsa, con un mínimo de 10.000 euros) por presentarlo fuera de plazo. Por otra parte, también se incluirá la sanción del artículo 39.2 de la Ley del IRPF), por ganancia patrimonial no justificada suponiendo una sanción el 150%.
De acuerdo con consultas vinculantes y jurisprudencia; a día de hoy, las sanciones suelen ser inferiores salvo que no se pueda justificar la procedencia del dinero y se regularice la situación tributaria del contribuyente sin requerimiento previo (esto no quiere decir que la Agencia Tributaria no puedo imponer las sanciones comentadas en el párrafo anterior y deba ser el contribuyente el que deba demostrar lo contrario).
José Miguel Golpe Saavedra
Consultor fiscal y empresarial
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