Modelo 720: Cuestiones importantes VI
Administrador sociedad holding no residente fiscal en España
Obligación de presentar el modelo 720 siempre que esta persona sea representante, autorizado, beneficiario o tengo poderes de disposición en estas cuentas bancarias.
Beneficiaria de un trust
Deberá informarse en el 720 sobre el capital del trust.
Funcionarios de la Unión Europea y Naciones Unidas.
Si, en el momento de ingresar como funcionarios en la UE o Naciones Uniones; fueran residentes fiscales en España; tendrán la consideración de residentes fiscales en España y, por ende, deberían presentar el modelo 720 cuando así fuera obligatoria por la normativa tributaria.
Banco extranjero gestiona acciones
Solamente se debe presentar en el modelo 720 aquellos valores representativos. En caso contrario, no existe tal obligación.
Socio residente fiscal en España que trabaja en un bufete internacional
Tendrá obligación de presentar el modelo 720 si el despacho tiene bienes incluidos en alguno de los tres bloques obligatorios de presentación de dicho modelo si el titular real de dichos bienes, y, al igual que sucede con otros casos, cuando sea autorizado, beneficiario, ... de dichos bienes.
José Miguel Golpe Saavedra
Consultor fiscal y empresarial
www.josemiguelgolpesaavedra.es
josemiguelgolpesaavedra@gmail
Teléfono: 633 891 555