¿Tributa la indemnización por defectos de construcción en una vivienda?

29.10.2024

José Miguel Golpe Saavedra

Asesor fiscal y patrimonial. Consultor empresarial.

Contacto: josemiguelgolpesaavedra@gmail.com

Co-autor de los libros:

  • Planificación y estrategia integral para PYMEs exitosas.
  • La fiscalidad de los trabajadores expatriados y desplazados.

Indemnización por existencia de defectos en la construcción de una vivienda. Tributación

En el caso de que un contribuyente reciba una indemnización por la existencia de defectos en la construcción de su vivienda solamente deberá tributar como ganancia patrimonial en su declaración de la renta, el importe que supere al importe pagado por la reparación.

Si la indemnización se recibe en un año distinto al que realiza la obra; deberá presentar una declaración rectificativa en el supuesto de que proceda.

Cada caso es diferente. Por ello, se aconseja contactar con expertos en asesoramiento tributario, empresarial, patrimonial y de cumplimiento normativo y protección de datos. ESTAREMOS ENCANTANDO EN ATENDERLES EN:

Contacto: josemiguelgolpesaavedra@gmail.com

Con experiencia en despachos como Garrigues y Ruiz Jarabo Asociados.

Planificación de la renta 2024 y presentación en abril de 2025 desde 50 euros.

Asesoramiento tributario. Consultar.


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