¿Plan de pensiones vs inmueble? ¿En qué invertir pensando en la jubilación?

11.09.2019

Muchas personas tienen dudas respecto en que es mejor invertir pensando en tener unos ingresos adicionales a la hora de jubilarse. Pues bien, en este pequeño artículo se analizará de una forma muy resumida la tributación de invertir en un plan de pensiones o en un inmueble. Si bien, es muy importante destacar que, a la hora de invertir, no es solamente importante el coste fiscal sino también en la rentabilidad económica que se obtiene.


Plan de pensiones

Cuando un contribuyente, persona física, invierte en un plan de pensiones; puede lograr una deducción en el impuesto de la renta del año en el que realiza las aportaciones. Será tanto mejor invertir en planes de pensiones cuanto mayor sea el rendimiento obtenido porque el tipo de gravamen es mayor a medida que aumenta el rendimiento. Recordemos que, a pesar de las ventajas fiscales que puede suponer, el límite que se puede aportar al año  natural es de 8.000 euros o el 30% de los rendimientos totales obtenidos.

El inconveniente fiscal de plan de pensiones aparece cuando se rescata, ya que, tendrá la misma tributación que un salario, de acuerdo con la normativa actual.


Compra de un inmueble para invertir

A la hora de hora de adquirir un inmueble, se debe pagar a la Comunidad Autónoma correspondiente el ITP o el IVA al Estado dependiendo de si es primera vivienda o no (según la normativa fiscal). 

Si se adquieren ingresos en concepto de alquiler; se deberá tributar por los rendimientos obtenidos en la base imponible general.

Por otra parte, si la idea es comprar el inmueble, reformarlo y venderlo, en este caso, se deberá pagar por la ganancia patrimonial adquirida (en la declaración de la renta) en la venta y la plusvalía de acuerdo con el Ayuntamiento en donde se encuentre ubicado el inmueble.


Así pues, será más o menos rentable dependiendo del beneficio real que se pueda obtener. Esto es, dependiendo de las rentabilidades que dé el plan de pensiones y el inmueble además del coste fiscal que supone cualquiera de las operaciones.



José Miguel Golpe Saavedra

Consultor fiscal y patrimonial

Teléfono: 633 891 555

Email: josemiguelgolpesaavedra@gmail.com







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